Embajadas, consulados y misiones

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Dirección Jurídica

La Dirección Jurídica es la instancia encargada de prestar los servicios de asistencia legal, a las diferentes dependencias de este Ministerio, en aquellos temas que requieran la aplicación e interpretación de los principios y normas jurídicas. Así como brindar asesoría en aquellos temas que le sean encomendados por los superiores jerárquicos, con el fin de fundamentar legalmente las acciones a emprender. Esta asesoría es directamente dependiente del Despacho del Ministro en cuanto a su funcionamiento y esta a cargo de un Asesor Jurídico.

Principales Funciones

  • Realizar estudios e investigaciones con relación a asuntos de Derecho administrativo, derecho público, derecho constitucional y derecho internacional.
  • Asesorar al Ministro, Viceministro, Dirección General y a las diferentes instancias del Ministerio en asuntos de derecho administrativo, derecho constitucional, derecho público y derecho internacional y cualquier otra consulta jurídica emanada de dichas instancias.
  • Atender en el ámbito de su competencia, los asuntos relativos al otorgamiento de asilo político, diplomático y apátridas, realizando los estudios y análisis respectivos para determinar la conveniencia de otorgarlos o denegarlos.
  • Elaborar las resoluciones de carácter legal que el Ministerio deba atender en materia administrativa y financiera.
  • Asesorar en la defensa jurídica de los intereses del país y de sus nacionales en el exterior.
  • Asesorar, revisar y formular las recomendaciones respectivas acerca de autenticaciones de firmas, de contratos y convenios.
  • Atender y resolver las acciones jurídicas presentadas contra el Ministerio ante las diferentes dependencias judiciales y órganos contralores del Estado.
  • Analizar, revisar o preparar proyectos de ley y Decretos Ejecutivos según sea requerido por los Despachos del Ministro o Viceministro.
  • Asesorar por solicitud del Ministro, en aquellos asuntos a tratar en conferencias, asambleas y foros a nivel nacional e internacional.
  • Analizar y aplicar los criterios pertinentes acerca del contenido de la Ley No. 8142 Ley de Traductores e Interpretes oficiales, publicada en la Gaceta No. 227 del 26 de noviembre del 2001 y su Reglamento, Decreto Ejecutivo Nº 30167 del 25/01/2002
  • Mantener actualizada la base de datos de los traductores oficiales.
  • Analizar y tramitar los exhortos, comisiones al exterior, cartas rogatorias y solicitudes de extradición que remite la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia.
  • Asistir a las autoridades del Ministerio en materia migratoria en coordinación con la Dirección General de Migración y Extranjería.
  • Atender el litigio contra el Estado costarricense ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.