Embajadas, consulados y misiones

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Escala Salarial

En el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto convergen tres regímenes laborales; Régimen de Servicio Civil, Régimen de Servicio Exterior y Régimen de Confianza, estos últimos bajo el ámbito de la Autoridad Presupuestaria.

El Régimen de Servicio Exterior, conforme el artículo 4 del Decreto N°29428, denominado Reglamento al Estatuto de Servicio Exterior de la República, se integra además por tres servicios; el Servicio Diplomático, que corresponde a los funcionarios con cargos diplomáticos en las distintas misiones diplomáticas de Costa Rica en el exterior; el Servicio Consular que lo conforman los funcionarios del Servicio Exterior destacados en las oficinas consulares de Costa Rica en el exterior y el Servicio Interno, en el que se encuentran nombrados los funcionarios diplomáticos que, por cumplimiento legal de plazos deben retornar a Costa Rica y se encuentran destacados en nuestra sede central.

Estos regímenes se encuentran presupuestariamente separados en tres distintos programas dentro del título 204 de la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, por lo que la estructura salarial del Ministerio se ordena conforme dichos programas y según el siguiente detalle:

 

PROGRAMA DESCRIPCIÓN OBSERVACIONES
079 Actividad Central Se localizan aquí las plazas cubiertas bajo el Régimen de Servicio Civil, así como las que se encuentran bajo el régimen de confianza y responden al ámbito de la Autoridad Presupuestaria
081 Servicio Exterior Corresponde a las plazas del Servicio Diplomático y Servicio Consular, destacadas en el exterior
082 Política Exterior Corresponde a las plazas del Servicio Interno, ubicadas en sede central, en Costa Rica.

Los programas 079 y 082, aunque pertenecen a distintos regímenes laborales, comparten similar estructura salarial, compuesta por salario base y pluses como aumentos anuales, carrera profesional, dedicación exclusiva y/o prohibición, según corresponda. Para el caso de los puestos abrigados por el Régimen de Servicio Civil, se aplican las resoluciones y escalas salariales emitidas por la Dirección General de Servicio Civil y que pueden ser consultadas en el sitio http://www.dgsc.go.cr/ts_salarios/dgsc_servicios_salarios.html; en tanto en el caso de las plazas bajo el ámbito de la Autoridad Presupuestaria (tanto las de confianza como las pertenecientes al Régimen de Servicio Exterior), se emplean los acuerdos de la Autoridad Presupuestaria que son comunicados por su Secretaría Técnica y que pueden consultarse en el sitio https://www.hacienda.go.cr/contenido/327-resoluciones-salariales.

El programa 081, que concierne a los funcionarios destacados en el Servicio Exterior de la República, se encuentra remunerado en dólares, con un salario base de la misma cuantía para cualquier destino que se trate, según su rango y conforme índice salarial comunicado por la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria y disponible en el enlace que recién fue referido.  Adicionalmente y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 117 y 118 del Decreto N°29428, antes referido, se reconoce un monto por concepto de costo de vida, cuyo objetivo es equiparar el poder adquisitivo de cada rango, conforme las variables económicas de cada país o ciudad destino.

A continuación se presenta el cuadro de remuneraciones que actualmente opera en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, en el que se detalla el salario base para cada una de las clases y rangos que se encuentran presentes en la Institución, así como los pluses salariales que lo acompañan y la cantidad de plazas que perciben dichos pluses:

Descargar datos en excel

Tratándose de las remuneraciones en el programa 081-Servicio Exterior, específicamente acerca del rubro “costo de vida”, se utilizan como base de cálculo los multiplicadores que, por este concepto, determina mensualmente la Organización de las Naciones Unidas en su sitio web https://icsc.un.org/Home/DataPostAdjustment.  El uso de estos índices o multiplicadores se regula además por la Autoridad Presupuestaria del Ministerio de Hacienda, la que en su oficio STAP-0226-2017, del 07 de febrero 2014, autorizó la metodología con que en la actualidad se procede para su cálculo y aplicación y que, básicamente consiste en comparar el multiplicador promedio anual del lugar destino, con el multiplicador promedio anual calculado para Costa Rica, con el fin de determinar si el lugar destino resulta más oneroso que nuestro país y de ser este el caso, calcular la cuantía por la que debe  reconocerse el rubro por costo de vida, aplicando para ello la siguiente fórmula:

Imagen explicando el costo de vida el cuál es igual al índice promedio de país destino menos el índice promedio de Costa Rica, dividido entre cien, multiplicado por el salario base

Con base en lo anterior, si quisiera conocerse por ejemplo, el monto por costo de vida que devengaría una plaza con rango de Embajador, cuyo salario base es de $8.550, tanto en Austria como en El Salvador, se procedería de la siguiente manera:

En el caso de Austria se observa un multiplicador promedio de 41.7, que resulta superior al multiplicador promedio para Costa Rica, que es de 29.3. Al aplicar la fórmula aritmética se tiene un resultado de mayor a cero, que significa que el costo de vida en el país destino es más alto que en el nuestro y por consiguiente el salario base estaría requiriendo de un aporte adicional por $1.060,20 para mantener el poder adquisitivo que dicho rango tendría en Costa Rica.

Caso contrario sucede en el caso de El Salvador, en donde el multiplicador promedio es 28.9, es decir menor al de Costa Rica y al aplicarse la fórmula se obtiene más bien un resultado menor a cero. Esto significa que el costo de vida en el país destino es más barato que en el nuestro y, en consecuencia, no se requiere de ningún monto adicional por este concepto, caso en el que la persona nombrada devengaría únicamente salario base.



ESTRUCTURA PRESUPUESTARIA

Para lograr cubrir la remuneración de sus colaboradores y las demás erogaciones asociadas, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto presupuestó para el ejercicio económico 2020 los siguientes recursos financieros: